martes, 18 de enero de 2011

NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DE LA VIDRIERA

Normas:

  1. El colectivo solicitante se compromete, si la actividad lo requiere, a controlar accesos y a mantener el orden y el silencio en camerinos, pasillos.
  2. Tanto los solicitantes como los asistentes a las actividades deberán mantener controladas sus pertenencias en todo momento, pues el Ayuntamiento de Camargo no se hace responsable de pérdidas, hurtos, etc., de materiales o bienes.
  3. Para el buen desarrollo del acto, el colectivo solicitante estará sujeto a las directrices que marque el personal del Centro.
  4. No se podrá comer en las salas.
  5. Queda terminantemente prohibido fumar en toda la instalación.
  6. Habrá que respetar la capacidad de las salas, hasta completar el aforo de las mismas.
  7. En el caso de que el acto requiera colocación de cartelería o similar, se solicitará el soporte adecuado para ello; nunca se colocará en paredes ni puertas.
  8. Se deberán utilizar los espacios en el horario concedido. En caso contrario, se perderá el derecho de utilización.
  9. La concesión de los espacios quedará condicionada a las necesidades propias del Centro, notificándose a los interesados, con la debida antelación, la cancelación o modificación del uso del espacio concedido.
CONCEJALIA DE CULTURA Y FESTEJOS
Centro Cultural La Vidriera
Avda. Cantabria, s/n - 39600 Maliaño (Cantabria)
Tfno. 942 26 94 16 - Fax 942 26 03 10
cultura@aytocamargo.es
AYUNTAMIENTO DE CAMARGO
www.aytocamargo.es

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